Si vas a iniciar una cobranza judicial para el cobro de una o más facturas, es importante que tengas en consideración las distintas herramientas que pueden usar los deudores para defenderse.
¿Qué es una factura y quiénes participan en su generación?
Para responder a la pregunta que nos proponemos resolver en este artículo, debemos partir por entender qué es una factura y quiénes participan en su emisión. Una factura es un documento que da cuenta de la entrega de un producto o mercadería, o de la prestación de un servicio, a cambio de un precio.
¿Quiénes participan en la generación de una factura?
Toda factura es emitida por el vendedor del producto o mercadería o por el prestador del servicio, y va dirigida al receptor de los productos o beneficiario de los servicios.
¿Cómo participa el vendedor o prestador del servicio en una factura?
Vemos por lo tanto, que el vendedor o prestador de servicio corresponde la emisión de la factura, oportunidad en la que junto con indicar los datos del destinatario, tales como el nombre o razón social, el RUT, giro y domicilio, también detallará el o los productos o servicios que está entregando o prestando, normalmente las características del mismo, la cantidad, el valor unitario, y el valor total, y adicionalmente, el IVA en el caso que corresponda. Adicionalmente, la factura indicará la fecha de emisión y la forma de pago.
¿Cómo participa el receptor de la factura?
Por su parte, el destinatario de la factura no interviene en su emisión, por lo que debe revisar cuidadosamente lo que cada factura indica y principalmente revisar que los productos o servicios son correctos.
En esta oportunidad es que aparece la primera instancia de defensa que tiene todo destinatario y deudor de una factura: si no está conforme con los datos de dicha factura, puede rechazarla, y para ello tiene el plazo de 8 días contados desde que recibe la factura.
¿Cuándo la factura pasa a ser un documento que puede ser cobrado judicialmente a través de un juicio ejecutivo de cobranza?
Desde que recibe la factura, el receptor tiene 8 días para ejecutar una de las 3 acciones siguientes:
Rechazar la factura
Si el receptor no recibió el producto o servicio, o el producto o servicio no corresponde al que indica la factura o no es el que contrató, puede rechazar la factura.
Aceptar la factura
Si el receptor recibió el producto o servicio y está de acuerdo con las menciones que indica la factura, puede aceptarla.
No hacer nada
Si el receptor no rechaza ni acepta la factura, es decir si no hace nada, pasado los 8 días la factura se tiene por aceptada.