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Cobranza Judicial en Chile

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Guía Legal

¿Qué es y cómo funciona?

La cobranza judicial es el proceso legal mediante el cual una empresa acreedora demanda a un deudor para recuperar una deuda impaga. A diferencia de la cobranza prejudicial, en esta etapa interviene un tribunal y se busca ejecutar forzadamente el pago de lo adeudado. Presentamos la demanda ante el tribunal civil competente. Un receptor judicial notifica al deudor y, si no paga ni opone una defensa válida, el tribunal ordena el embargo de sus bienes hasta cubrir la deuda.

Requisitos de la cobranza judicial

Necesitas un título ejecutivo y los datos del deudor:

  • Un título ejecutivo válido: factura a crédito aceptada, pagaré, cheque protestado o sentencia previa.
  • Los datos del deudor: RUT, nombre y dirección para que el receptor judicial pueda notificarlo.
  • El documento dentro del plazo legal: máximo 1 año desde su fecha de vencimiento.

¿Cuánto se le puede cobrar al deudor?

El tribunal obliga al deudor a pagar el total adeudado más el interés por mora —calculado hasta el último día de atraso, aprox. 20% anual— y todos los gastos procesales en que se haya incurrido, como los honorarios del receptor judicial.

Ejemplo de cobranza judicial

Factura de $10.000.000 vencida hace 5 meses

Total adeudado$10.000.000
Interés por moraaprox. 20% anual+ $880.000
Costas procesalesHonorarios receptor judicialA cargo del deudor
Total a recuperar$10.880.000+

Estimación referencial — el monto final depende de la fecha exacta de vencimiento.

¿Siempre conviene demandar?

No siempre. En nuestra experiencia, más de 5 años y cientos de juicios ejecutivos, el éxito depende de 2 factores:

  • Ubicar al deudor: la demanda debe notificarse por un receptor judicial, así que es necesario contar con la dirección correcta de la empresa o sus representantes legales.
  • Capacidad de pago del deudor: si el deudor no paga luego de ser notificado, el juicio nos faculta para embargar bienes, pero solo sirve si el deudor tiene el dinero o activos embargables.
  • Si se cumplen ambos factores, te recomendamos demandar. Si no, evalúa primero los antecedentes del deudor antes de iniciar la demanda.

Proceso judicial

Etapas de la cobranza judicial

Duración estimada: 3–6 meses

  1. Presentación de la demanda

    Se ingresa ante el tribunal civil competente. Se revisan los documentos a cobrar y si está todo bien, el juzgado otorga la admisibilidad de la demanda.

  2. Notificación al deudor

    Un receptor judicial notifica la demanda y el deudor tendrá 3 días para pagar la deuda o apelar con fundamentos justificados. Si vencido el plazo no realiza ninguna acción, el juicio continua.

  3. Requerimiento de pago

    El juzgado ordena el pago total de la deuda, incluyendo intereses y costas procesales (gastos de notificación judicial).

  4. Notificación del requerimiento de pago

    Una vez dictado el requerimiento de pago, el receptor judicial vuelve a notificar al deudor.

  5. Dinero recuperado

    Si el deudor no paga voluntariamente, el tribunal puede autorizar el embargo de bienes.

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La gestión legal fue excelente. En nuestro caso, el cliente apeló en dos oportunidades y ambas apelaciones fueron manejadas de forma impecable por los abogados, logrando que fueran declaradas inadmisibles.

Anthony ThielenCEO, Tecnoteto SpA

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Flavio Viterbo Crisosto
Flavio Viterbo Crisosto

Abogado, Pontificia Universidad Católica de Chile · Socio y Director Legal de Legalbox

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Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitas saber

¿Qué es la cobranza judicial en Chile?

La cobranza judicial es el proceso legal mediante el cual demandas a un deudor ante un tribunal civil para recuperar una deuda impaga. A diferencia de la cobranza extrajudicial (llamadas, cartas), la cobranza judicial obliga al deudor a pagar o pierde bienes en remate. En Chile, existen dos procedimientos: juicio ejecutivo (rápido, para títulos ejecutivos) y juicio ordinario (para contratos y deudas complejas).

¿Qué documentos se pueden cobrar judicialmente?

Se pueden cobrar: facturas electrónicas aceptadas en el SII, pagarés legalizados en notaría, cheques protestados, letras de cambio, recibos autenticados y contratos suscritos. Cada documento tiene requisitos específicos. Las facturas rechazadas en el SII y documentos vencidos hace más de 1 año pierden mérito ejecutivo pero pueden cobrarse por ordinario acreditando la prestación.

¿Cuánto tiempo tarda la cobranza judicial?

El juicio ejecutivo demora entre 3 y 6 meses en promedio desde la demanda hasta recuperar el dinero. El juicio ordinario toma entre 6 y 18 meses. Los plazos varían según el domicilio del deudor (Santiago vs provincia), si opone excepciones, si posee bienes embargables conocidos y la carga de trabajo del tribunal. Recuperaciones rápidas suceden si el deudor tiene cuenta corriente o vehículos registrados.

¿Cuándo conviene iniciar cobranza judicial?

Conviene iniciar cobranza judicial cuando: (1) la deuda supera los $2.000.000 (para que los costos valgan la pena), (2) tienes un documento válido (factura, pagaré, cheque), (3) el deudor no responde a gestiones extrajudiciales y (4) el documento no ha prescrito (menos de 1 año para ejecutivo). Si tienes dudas, usa el simulador — es gratuito y sabrás exactamente qué ruta tomar.

¿Puedo cobrar una deuda si ha pasado más de 1 año?

Sí, pero por juicio ordinario, no ejecutivo. Juicio ejecutivo requiere que el documento tenga menos de 1 año desde su vencimiento. Pasado ese plazo, pierde mérito ejecutivo pero la deuda no desaparece. Puedes cobrarla mediante juicio ordinario demostrando la relación contractual y el servicio entregado o los bienes suministrados. El proceso es más largo pero igualmente efectivo.

¿Qué pasa si el deudor no tiene bienes embargables?

Si el deudor no tiene bienes conocidos (cuenta corriente, vehículos, inmuebles) la ejecución se detiene temporalmente. Sin embargo, una sentencia condenatoria sigue vigente indefinidamente en Chile — si el deudor adquiere bienes en el futuro, puedes reanudar la ejecución. Antes de demandar, es recomendable hacer una evaluación del deudor para conocer si tiene patrimonio embargable.

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